Contratos laborales

Contratos Laborales

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Contratos Laborales

La Ley Federal del Trabajo define en su artículo 20 las relaciones de trabajo y los contratos individuales de trabajo:

-Artículo 20: Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.

Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.

La prestación de un trabajo a que se refiere el párrafo primero y el contrato celebrado producen los mismos efectos.

Dentro del Derecho Laboral Mexicano, el vínculo jurídico que se produce entre el trabajador y un patrón no depende necesariamente del acto contractual. Es por esto que la Ley Federal del Trabajo ha dado los mismos efectos jurídicos tanto a la relación de trabajo como al contrato.

En este tipo de contrato o relación interviene el patrón y el trabajador quienes tienen derechos y obligaciones reciprocas:

  • El trabajador es la persona física que presta a otra persona física o moral, un trabajo personal subordinado.
  • El patrón ya sea la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.

El vínculo jurídico que hay entre el trabajador y el patrón deriva de la prestación del servicio personal subordinado, de un acto de incorporación del trabajador a la empresa, produce por ende las consecuencias jurídicas, derechos y obligaciones previstas por la ley.

Tipos de Relaciones o Contratos Laborales:

  • Por tiempo indeterminado
  • Por tiempo determinado
  • Para obra determinada
  • Por temporada
  • Para capacitación inicial
  • Periodo de prueba

En el escrito en el cual se pacten las condiciones de trabajo deberá señalarse por lo menos lo siguiente:

  • Los datos de identificación del patrón y del trabajador
  • La duración de la relación de trabajo
  • Los servicios que se prestarán en virtud del contrato
  • El lugar o los lugares donde deba prestarse el trabajo
  • La duración de la jornada de trabajo
  • La forma y el monto del salario
  • El día y lugar de pago del salario
  • Las condiciones relativas a días de descanso
  • Condiciones relativas a vacaciones
  • Otras condiciones pactadas entre el patrón y el trabajador

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