¿Cómo tramitar una incapacidad ante el IMSS por infección de COVID-19?
Con la llegada de la nueva variante de SARS-CoV-2, llamada “Ómicron”, los contagios han aumentado exponencialmente en las últimas semanas, la Secretaría de Salud ha reportado récords de contagios diarios en nuestro país. En la última semana se reportó un aumento del 138% respecto a la misma semana de enero del año 2021.
La SSA (Secretaría de Salud) estiman al día de hoy 285,713 contagios activos, por haber presentado síntomas durante los últimos 14 días, reportando un récord de número de contagios el día sábado 15 de enero, con un total de 47,113 contagios.
Ante el gran aumento de contagios, el Director General del Instituto Mexicano del Seguro Social, Zoé Robledo, anunció la posibilidad de tramitar el Permiso COVID, para tramitar la incapacidad por COVID-19 en línea. Este servicio ya no depende del semáforo epidemiológico y de acudir a las instalaciones del Instituto Mexicano del Seguro Social.
El Permiso COVID será de siete días para aquellos que presenten síntomas, y de cinco días para las personas asintomáticas que cuenten con su resultado de prueba positiva. El trámite en línea ofrece mayor agilidad, así como evitar la propagación del virus.
Las personas que deseen tramitarlo deberán de seguir los pasos siguientes:
- Deberás de ingresar a la página web imss.gob.mx/covid-19/permiso, o desde la aplicación móvil IMSS Digital dar clic en la opción de INGRESAR PERMISO COVID-19.
- Ingresa tu CURP, Número de Seguridad Social, código postal y dar clic en INICIAR, una vez ahí, tendrás que contestar una serie de preguntas con relación a síntomas, vacunación y padecimientos preexistentes.
- Asimismo, deberás proporcionar número telefónico, indicar si se cuenta con una prueba positiva de COVID-19, correo electrónico y CLABE interbancaria para recibir el pago correspondiente.
- Ya con el permiso COVID aprobado, deberás de notificarlo en tu centro de trabajo a efecto de justificar tu ausencia.
Resulta importante aclarar que este permiso es únicamente para personas inscritas en el Régimen Obligatorio y donde el tipo de modalidad otorgue las prestaciones en dinero, por lo que no aplica para quienes están inscritos en las modalidades 32 (Seguro Facultativo), 33 (Seguro de Salud para la Familia) y 40 (Continuación Voluntaria al Régimen Obligatorio).
Fuentes:
https://www.adn40.mx/estados/incapacidad-en-linea-permiso-covid-imss-pfp
https://www.forbes.com.mx/la-cuarta-ola-de-covid-19-ya-rebasa-y-por-mucho-el-pico-de-la-tercera-ola/
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