Consecuencias de las Operaciones Simuladas.

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INEXISTENCIA DE OPERACIONES

Cuando la autoridad fiscal detecte que un contribuyente ha estado emitiendo comprobantes sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material, directa o indirectamente, para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes, o bien, que dichos contribuyentes se encuentren no localizados, se presumirá la inexistencia de las operaciones amparadas en tales comprobantes.

¿CUÁLES SON SUS CONSECUENCIAS JURÍDICAS?

1.- ¿Qué consecuencias legales tiene para el contribuyente que recibió o compró esa factura? Tendrá que demostrar que efectivamente adquirieron los bienes o recibieron los servicios amparados en la factura comprada, es decir, acreditar la veracidad de la factura en cuestión.

De no acreditarse, el SAT podrá determinar un crédito fiscal por la cantidad total de las facturas declaradas sin efectos, la autoridad fiscal determinará un crédito por esa cantidad.

Si el SAT determina que la empresa no acreditó estar emitiendo facturas legítimas, todos los contribuyentes que compraron comprobantes fiscales deberán afrontar la obligación de acreditar que sí se trata de facturas legales y en caso de no lograrlo, tendrán que hacer frente a las consecuencias que enlistamos en el presente artículo.

2.- Una vez que se le determinó el crédito fiscal por no poder acreditar la legitimidad de la factura, es decir, que efectivamente se recibieron los bienes o se prestaron los servicios amparados en el comprobante fiscal, la autoridad podrá dar vista a la Fiscalía General de la Republica para la investigación por la posible comisión del delito fiscal regulado por el artículo 113, fracción III del Código Fiscal de la Federación, el cual tiene como sanción tres meses a seis años de prisión al que adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados, así como el articulo 113 Bis de Código Fiscal de la Federación el cual tiene como sanción de tres a seis años de prisión, al que expida o enajene comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

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